Me he topado con la noticia de que a partir de enero próximo se establecerá en el estado de Nuevo León la obligatoriedad del seguro para los automoviles. Segun el artículo a quienes incuplan con este requerimiento se les impondrá una multa de 900 pesos y se hace una comparativa respecto al valor de la prime anual que es de 950 pesos (según se menciona en el artículo). En principio me parece muy bien que todos los autos que circulan por el estado cuenten con seguro, sin embargo mi duda surge al pensar qué esto no está ya establecido en el Reglamento de Transito vigente?, y sí, el el Reglamento de Tránsito de Monterrey (que es el mismo para los otros municipios) ya se incluye este punto y tambien la sanción correspondiente.
ARTÍCULO 118.- Todos los vehículos de motor que circulen dentro de la ciudad deben estar asegurados por daños a terceros en sus bienes y/o personas con póliza vigente expedida por una Compañía de Seguros autorizada por la
Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.….
Falta de seguro de responsabilidad civil 10 a 15 (veces el SM)
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No es necesario aprobar nuevas leyes sino hacer valer las ya establecida, lo mismo ocurre con la Ley de Alcoholes y ocurrirá con la Ley

